Detalle de la Cobertura por Accidentes personales
- Cobertura en caso de fallecimiento ocasionado por Accidente. A todos sus efectos, se entenderá por accidente toda lesión corporal producida única y exclusivamente por la acción súbita de causas externas y violentas, independientes de la voluntad del Asegurado, por lo tanto, también cubre en caso de asesinato.
- - Fallecimiento por accidente
- Invalidez permanente, total o parcial, por accidente
- Cobertura en caso de accidente que cause una incapacidad permanente (según tabla de indemnizaciones)
Incapacidad:
Fractura incurable de la columna vertebral que determine la invalidez total y permanente: 100%.
Cabeza.
Sordera total e incurable de los 2 oídos: 50%.
Pérdida total de un ojo o reducción de la mitad de la visión binocular normal: 50%.
Sordera total e incurable de 1 oído: 15%.
Miembros superiores:
Pérdida total de un brazo: 65% derecho - 40% izquierdo.
Pérdida total de una mano: 60% derecho - 35% izquierdo.
Pérdida total del pulgar: 20% derecho - 14% izquierdo.
Pérdida total del índice: 14% derecho - 8% izquierdo.
Pérdida total de otro dedo: 8% derecho - 3% izquierdo.
En caso de constar en la solicitud que el Asegurado ha declarado ser zurdo, se invertirán los porcentajes de indemnización fijados para las pérdidas de los miembros superiores.
Miembros inferiores:
Pérdida total de un pie: 40%.
Pérdida total de una pierna: 50%.